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Nada impide que un banco te exija productos vinculados para un préstamo hipotecario

17Apr 2017

El Banco de España, en su Guía de acceso al préstamo hipotecario (pdf) es claro al respecto: “En el caso particular de los préstamos hipotecarios, no existe, en principio, limitación alguna a las condiciones y cláusulas que se pueden incluir en un contrato de préstamo”. Así, los productos vinculados de los préstamos bancarios son muy habituales.

Además, más adelante precisa que nada “impide que una entidad, para conceder un préstamo, exija al interesado el cumplimiento de uno o varios requisitos adicionales”. Y concreta que esta puede pasar por domiciliar la nómina, contratar un plan de pensiones, un producto de inversión, un seguro…

Las entidades son libres a la hora de determinar las vinculaciones que debe asumir el hipotecado. Habitualmente, la suscripción de estos productos conlleva una mejora en el tipo de interés. Así, a más vinculaciones, menor diferencial (en el caso de las hipotecas variables o mixtas), detallan expertos del comparador de productos financieros CrediMarket.

¿Por qué se piden vinculaciones?

A la hora de conceder una hipoteca (o un préstamo), las entidades financieras requieren a los solicitantes la suscripción de ciertos productos. Se aseguran así, por una parte, sacar mayor rendimiento a la acción, ya que a los intereses del producto se añaden otros ingresos (comisiones, etc.). Por otra parte, fideliza al titular de la hipoteca: es más fácil perder a un cliente que sólo tiene un producto que al que tiene contratados varios.

¿Qué tipos de productos pueden hacernos contratar?

A día de hoy, las vinculaciones y productos vinculados más habituales son domiciliar varios recibos y la nómina, a veces ésta debe ser de un importe mínimo; contratar tarjetas de la entidad, ya sea de débito, crédito u ambas, y, también en ocasiones, hacer un gasto mínimo con ellas; suscribir un plan de pensiones al que se deben hacer aportaciones concretas, contratar seguros de vida, hogar, de protección de pagos…

Lo general es que, para obtener las mejores condiciones se tengan que contratar entre cinco y seis productos extra. Como en el caso de la Hipoteca Variable de BBVA (domiciliar nómina y contratar una tarjeta de crédito, un plan de pensiones y un seguro de hogar y otro de vida) y la de Banco Santander ( domiciliar nómina y recibos además de contratar una tarjeta de crédito y otra de débito, y un seguro de hogar y otro de vida).

¿De hasta cuánto puede ser la rebaja?

Depende de cada entidad. Lo más común es que se rebaje cerca de 0,10 puntos al interés por producto contratado. Así, se puede dar el caso que una misma hipoteca se comercialice con y sin vinculación. Al caso, la hipoteca variable de Kutxabank que se ofrece a euríbor + 0,90% si se domicilia la nómina y se contratan un seguro de hogar y otro de vida, dos tarjetas (crédito y débito) y un plan de pensiones. O a Euríbor +1,90% si no se suscribe ninguno de los productos.

¿Qué hay que tener en cuenta?

Antes de asumir las diferentes vinculaciones que proponen las entidades, el futuro hipotecado debe valorar su coste y la rebaja que conlleva en el préstamo. Ya que, a veces, puede no resultar tan ventajoso. Por ejemplo, en la contratación de algún producto en una empresa externa (como un seguro) puede darse el caso que sea más económico fuera que en el banco.

Si, una vez hechos los números se decide suscribir alguno o todos los productos que propone la entidad, se debe sopesar si se va a poder cumplir siempre con las exigencias: saldo mínimo en cuenta si se requiere, un gasto determinado con las tarjetas, etc.

¿Se pueden contratar hipotecas sin cambiar de banco?

Sí, si bien son escasas las financieras las que proponen este tipo de producto que, también, puede conllevar la contratación de un producto vinculado. Sería el caso de la Hipoteca Variable de hipotecas.com, que se puede suscribir para comprar una primera vivienda y solo requiere contratar un seguro de hogar.

Aún así, si eres de los que ya han firmado la hipoteca debes saber que el Tribunal Supremo dictaminó que el banco es quien debe abonar los gastos de la formalización de la hipoteca